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07 February, 2025
C.P. Benjamín Pérez

Cambios en la presentación de la DIOT

El 3 de febrero, el SAT implementó una nueva plataforma para el envío de la DIOT. Es importante recordar que esta obligación debe ser enviada por todas las personas físicas y morales que estén sujetas a ella, quienes deben reportar el pago, las retenciones, acreditamientos y traslados del IVA que tengan operaciones con sus proveedores.

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Estos cambios aplicarán para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025 en adelante, así como para las declaraciones extemporáneas del ejercicio 2024 y anteriores.

¿Cuándo se presenta?

Esta obligación se presenta a más tardar el mes inmediato al posterior al que corresponda el periodo, ya sea de manera Mensual o Bimestral para el envío de la información del IVA.

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¿Qué beneficios tienen estos cambios?

Los beneficios en estos nuevos cambios son:

  • Carga Bach – Por medio de un archivo en formato .TXT
  • Carga Manual – para aquellos contribuyentes con un menos número de operaciones.
  • Envío de información mas de 40 mil Registros sin necesidad de acudir a las oficinas.
  • Se obtiene el acuse de recibo como constancia de su presentación.

CONTPAQi está trabajando para dar una solución lo mas pronto posible a estos nuevos cambios.

Te invitamos a explorar nuestro canal de YouTube,  dónde subimos tutoriales de los sistemas CONTPAQi que te ayudarán a fortalecer tu conocimiento.

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autor
C.P. Benjamín Pérez

Experto contable